- VI - El acuerdo No. 14104-129569 del 12 de septiembre de 1978, mediante el cual el C. Secretario de Comunicaciones y Transportes autoriza la tarifa para el cobro de los servicios aeroportuarios de las aeronaves que pagan en el precio del combustible.
Artículo Sexto .- En el caso a que se refiere el quinto párrafo del artículo 5o. de esta Ley, durante el año de 1982 el entero del derecho de la unidad correspondiente se efectuará en el mes de enero de dicho año.
Artículo Séptimo .- Las cuotas de los derechos que se establecen en esta Ley, podrán ser incrementadas o disminuidas correlativamente en caso de aumento o disminución en más de un 10% del costo real del servicio por concepto de pagos efectuados al extranjero. Estas variaciones en el costo las constatará la y haré su publicación en el .
Artículo Octavo .- Los acuerdos en donde se determinan las cuotas conforme a las cuales se pagar los servicios de encomiendas postales internacionales por vías de superficie y área publicados en los Diarios Oficiales de la Federación de 30 de julio de 1976 y 13 de agosto de 1981 respectivamente, continuarán aplicándose hasta en tanto sean modificados.
Artículo Noveno .- En tanto la dé a conocer las formas oficiales que en su caso apruebe para efectuar el pago de los derechos que se establecen en esta Ley se usarán los recibos o formas oficiales que se venían utilizando con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
México, D.F., 30 de diciembre de 1981.- Marco Antonio Aguilar Cortes , D.P.- Blas Chumacero Sánchez , S. P.- Armando Thomae Serna , D. S.- Luis León Aponte , S. S.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la , Distrito Federal a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.- José López Portillo .- Rúbrica.- El secretario de Hacienda y Crédito Público, David Ibarra Muñoz .- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Jorge Castañeda .- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Félix Galván López .- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Ricardo Chazaro Lara .- Rúbrica.- El Secretario de Programación y Presupuesto, Ramón Aguirre Velázquez .- Rúbrica.- El Secretario de Patrimonio y Fomento Industrial, José Andrés de Oteyza .- Rúbrica.- El Secretario de Comercio, Jorge de la Vega Domínguez .- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos, Francisco Merino Rábago .- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Emilio Mujica Montoya .- Rúbrica.- El Secretario de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, Pedro Ramírez Vazquez .- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Fernando Solana .- Rúbrica.- El Secretario de Salubridad y Asistencia, Mario Calles López Negrete .- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Sergio García Ramírez .- Rúbrica.- El Secretario de la Reforma Agraria, Gustavo Carvajal Moreno .- Rúbrica.- La , Rosa Luz Alegria .- Rúbrica.- El Jefe del Departamento de Pesca, Fernando Rafull Miguel .- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Carlos Hank González .- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Enrique Olivares Santana .- Rúbrica.